Sentencias Argentinas
Tuve la oportunidad de conocer a Ricardo Asch en el mes de agosto del año 2004, más precisamente en la sede del Juzgado a disposición del cual había quedado detenido por una orden de captura ejecutada por INTERPOL a pedido de la justicia federal norteamericana. Superados esos primeros momentos de angustia y desorientación -y ya habiendo recuperado su libertad-, el segundo encuentro fue en mis oficinas de la ciudad de Buenos Aires. El caso que se presentaba ante nosotros era ciertamente difícil pues el Tratado de Extradición que rige entre EEUU y la Argentina dejaba muy pocas posibilidades de defensa y –de ese modo- la probabilidad de obtener un resultado favorable se reducía a una mínima expresión. Ello, inclusive, ya había sido ratificado por otros abogados que el Dr. Asch había consultado en esos mismos días. Debo decir que la defensa de Ricardo Asch fue uno de los más interesantes casos que me haya tocado vivir en mi carrera profesional. Trabarse en una contienda judicial con una potencia extranjera y mediante un procedimiento que fue creado, precisamente, para que esta última no encuentre oposición, imponía -sin más-, desarrollar una estrategia de alta originalidad. Debíamos equiparar las fuerzas con nuestro adversario y que en el transcurso del procedimiento se impusiese el respeto de los derechos de nuestro nuevo cliente.
Así fue que, luego de una serie de planteos, logramos se aplicase en este caso el Tratado de Extradición que unía a ambos estados para la fecha de comisión de los hechos imputados a Ricardo Asch, dejándose de lado el que regía al momento del pedido de extradición. Este cambio de ley aplicable nos permitió consagrar, en favor de nuestro cliente, una serie de derechos que resultaron decisivos en la resolución del conflicto. Entre ellos destacamos la posibilidad de ser juzgado en la República Argentina por los hechos que se le reprochaban en suelo americano y, a su vez, que se analizase la prescripción de los mismos a la luz de la legislación local.
Me adelanto a contarles el final, ya que las particularidades del juicio surgen de los informes adicionales que ilustran esta página web. Ricardo Asch fue sobreseído por todos los cargos y se ordenó el levantamiento de las capturas que se habían dispuesto en su contra. Se hicieron las notificaciones pertinentes a todos los organismos involucrados, inclusive –claro está- al Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica.
Y su Uds. imaginan que así nos acercamos al final de la película, donde el público aplaude de pie, lamento defraudarlos. La lucha de Ricardo Asch debió continuar debido a que el estado americano se rehúsa a reconocer la sentencia de la justicia argentina por no considerarla de su incumbencia, violando -de esa forma- sus más elementales derechos.
Si en el año 2004 tuve la ocasión de conocer a un nuevo cliente, puedo decir -hoy y aquí- que en la actualidad lo que hago es seguir asesorando a un gran amigo, de quien aprendí que la tenacidad, el optimismo y la esperanza resultan ser motores inagotables para estos duros desafíos. No tengo duda alguna que algún día –más temprano que tarde- podré brindar con mi amigo Ricardo por la obtención de su libertad más absoluta, la que nunca debió disminuirse, la que sin duda se merece.
Santiago Kent.
Abogado, Tomo 48 Folio 198 del CPACF, Buenos Aires, Argentina
santiago@kentabogados.com
A continuación ponemos a su disposición un PDF de las sentencias Argentinas y una liga que lo llevara al sitio del Poder Judicial de la Nación de la República de Argentina donde puede leer más sobre el caso.